Circular N° 11.215 de fecha 16/09/2016 Reglamento de las Elecciones Universitarias

Modificación del Artículo 34 del Reglamento de las Elecciones Universitarias del año 2021

Artículo 34: El Secretario de la Comisión Receptora de Votos leerá en alta voz el número de la hoja de votación que contenga el sobre y entregará este y todas las hojas al Presidente. Las hojas se agruparán por el número que las distingue. Al procederse a la contabilización definitiva, su número deberá coincidir con las anotaciones contenidas en la planilla a que se refiere el artículo anterior. Los resultados por elección, lema, y número de hoja de votación, hojas anuladas y votos en blanco se trasladarán al acta de escrutinio. Se autoriza a los delegados que así lo soliciten a tomar una fotografía o copiar los datos del acta de escrutinio.

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