Modificación Convenio Corte Electoral - Ministerio del Interior

Vigente

Quiénes participan

  • Corte Electoral y Ministerio del Interior

Resumen

Modificación de Convenio de Coparticipación de Servicios en una conexión web services para el contralor de la autenticidad de la cédula de identidad y la consulta de datos e intercambio de información.

Descripción

Por el presente las partes convienen modificar el convenio referido en los siguientes 
términos: 

  • De acuerdo a los cometidos de la Corte Electoral, el convenio antecedente

se encuentra dentro del marco del Acuerdo Específico de Cooperación
Interinstitucional Para la Consulta de Datos a Través de Web Service entre la Dirección
Nacional de Identificación Civil y AGESIC del 14 de octubre de2016, cláusula primera
numeral 7 y segunda ab initio. Dentro de éste marco normativo el organismo no
asumiría el pago de contraprestación alguna por el servicio y, además, accedería a la
imagen de la cédula de identidad digital, puesto que se encuentra implementado el
consentimiento tácito del titular de la imagen y huella dactilar. 

  • La cláusula segunda del convenio precitado quedará redactada de la siguiente forma:

Las partes acuerdan concretar el funcionamiento de una conexión web service que permita la formulación de
consultas de información sobre aquellas personas que requiera la Corte Electoral, la que
la Dirección Nacional de Identificación Civil podrá suministrar total o parcialmente,
vinculada con el número de cédula de identidad, nombres, apellidos, fecha, lugar de
nacimiento, sexo y nacionalidad. Además la Corte Electoral, podrá solicitar la imagen
de la cédula de identidad. El objeto, descripto, se cumplirá por medio de un sistema
de consulta a través de un Web Service publicado por la Dirección Nacional de
Identificación Civil con acceso todos los días, las veinticuatro horas del día, en cantidad
que no exceda de doscientas consultas diarias. 

  • Se sustituye la cláusula tercera, por la siguiente procedimiento. 

La interfaz de consulta que expondrá la Dirección Nacional de Identificación Civil, se desarrollará bajo 
la modalidad de Web Services( o tecnología estándar superior de común acuerdo entre los Organismos )
apta para interactuar con aplicaciones informáticas de la Corte Electoral. 
En ese sentido, cuando se consulte por persona física, se validará la correcta identificación. 
El usuario, Corte Electoral, realizará la consulta, ingresando el número de cédula de identidad,
respondiendo la Dirección Nacional de Identificación Civil la misma, con la remisión
de los datos personales asociados. 
Cuando además, se requiera imagen de la cédula de identidad, a efectos de dicha verificación 
se invocará el servicio brindado por la Dirección Nacional de Identificación Civil, 
enviando los siguientes datos: número de cédula, código alfa numérico que luce debajo del código
 de barras al dorso del documento, en las cédulas electrónicas, o tratándose del 
modelo anterior, el número que Juce en e reverso encima de la huella digital. Ello pautaría a 
la Dirección Nacional de Identificación Civil la previa exhibición del documento de identidad
consecuentemente el tácito consentimiento de su titular a que se verifique la autenticidad del mismo.
Dicha consulta se responderá por la Dirección Nacional de Identificación Civil, remitiendo los
datos personales asociados y, además, cuando corresponda, por estar registradas, las
imágenes de frente y dorso del documento. Se agrega al convenio existente, la
cláusula: El tratamiento de datos personales que se realice en el marco del presente
convenio se ajustará a los principios generales contenidos en el capítulo 2 de la Ley número
18331 de 11 de agosto de 2008”. 

Objetivos

  • Las partes acuerdan concretar el funcionamiento de una conexión web service que permita la formulación de consultas de información sobre aquellas personas que requiera la Corte Electoral. con acceso todos los días, las veinticuatro horas del día, en cantidad que no exceda de doscientas consultas diarias.

Período

Fecha de inicio: 21/09/2017

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